Cartas de crédito - Una carta de crédito es el compromiso de un banco de efectuar un pago a un beneficiario determinado en un plazo determinado a cambio de la presentación de documentos que cumplan estrictamente las condiciones de la carta de crédito. Las partes de una carta de crédito suelen ser un beneficiario que va a recibir el dinero, el banco emisor del que el solicitante es cliente y el banco notificador del que el beneficiario es cliente. Casi todas las cartas de crédito son irrevocables, es decir, no pueden modificarse ni cancelarse sin el acuerdo previo del beneficiario, el banco emisor y el banco confirmador, en su caso. Normalmente, los documentos que un beneficiario tiene que presentar para recibir el pago consisten en una factura comercial, una carta de porte internacional de algún tipo y documentos de seguro. No obstante, la lista y la forma de los documentos están abiertas a la interpretación y la negociación, y podría exigirse la presentación de documentos expedidos por un tercero neutral que acrediten la calidad de las mercancías enviadas o su lugar de origen.
Transferencia electrónica de fondos - Se refiere a los sistemas informáticos utilizados para realizar transacciones financieras por vía electrónica. La mayoría de los gobiernos y autoridades aduaneras prefieren las transferencias electrónicas de fondos y suelen tener una cuenta bancaria designada para todos los depósitos. Una cuenta bancaria gestionada por el gobierno tiene la ventaja de permitir un control transparente de las transferencias.
Pago en efectivo - En muy raras circunstancias, las autoridades aduaneras solicitarán pagos en efectivo. Aunque cada vez es menos habitual, pueden producirse pagos en efectivo, especialmente tras catástrofes naturales de rápida aparición. Siempre que sea posible, deben evitarse los pagos en efectivo en el despacho de aduanas, ya que son difíciles de rastrear y pueden dar lugar a fraude. Si se exige un pago en efectivo en aduanas, las organizaciones deben solicitar un recibo completo, en el que se detalle el importe de cada tasa y el funcionario de la autoridad aduanera con el que se realizó la operación.
Orden de pagos y riesgo
Cuenta abierta |
Recopilación de documentos |
Crédito documentario |
Pago por adelantado |
Menos seguro |
Más seguro |
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Pago por adelantado |
Crédito documentario |
Recopilación de documentos |
Cuenta abierta |
- Pago por adelantado - Todos los derechos de importación, tasas y gastos de tramitación se pagan por adelantado. En caso de que se produzcan cambios en los artículos o sean incorrectas las cantidades o las tasas generales previstas, la entidad que paga por adelantado asume un riesgo adicional. Si se exige el pago por adelantado, los importadores deben intentar utilizar una carta de crédito.
- Crédito documentario - Término técnico para referirse a una carta de crédito.
- Cobros documentarios - Instrucción de un exportador (vendedor o proveedor) a un banco remitente, normalmente el banco local del exportador, para cobrar el pago inmediatamente o en una fecha futura de un importador (comprador) a cambio de la entrega de los documentos comerciales pertinentes. Los cobros documentarios funcionan como una carta de crédito, aunque la carga de la documentación y los valores corresponde al vendedor o exportador. Los importadores deben seguir controlando dichas comunicaciones para asegurarse de que se siguen utilizando los costes acordados.
- Cuenta abierta - Acuerdo entre un importador y un exportador por el que se suministran mercancías entendiéndose que el pago se efectuará en una fecha futura acordada. El pago puede efectuarse una vez importada la mercancía. Este método se utiliza cuando existe un alto nivel de confianza entre exportadores e importadores.